domingo, 2 de agosto de 2009

Proyecto de ley especial contra delitos mediáticos

Luisa Ortega Díaz El gobierno venezolano, a través de Luisa Ortega Díaz, en nombre de la Fiscalía General de la República, público el proyecto de “Ley Especial contra Delitos Mediáticos”, el cual de acuerdo a la ponencia del gobierno busca equilibrar la balanza entre la libertad de prensa y la responsabilidad en la difusión de la información.

Aquí pueden ver la totalidad del texto del proyecto.PDF

MARKO DICE QUE… Con este tema he cambiado de opinión en tres ocasiones. La primera vez que oí de él, pensé que seria una forma más de represión a las libertades ciudadanas, a ser impuesta por el gobierno del presidente Chávez. Después obviamente leí el texto del proyecto… cosa que acepto debí hacer antes de crearme cualquier imagen del mismo. Con la lectura del proyecto veía que no era tan grave ni tan perturbador como la prensa de oposición decía. La tercera vez que cambie de opinión fue cuando vi en por medio de Telesur, la intervención de uno de los funcionarios del gobierno venezolano que apoya el tan nombrado proyecto, quien afirmaba categóricamente que si la ley especial contra delitos mediáticos ya estuviera aprobada, las noticias sobre los lanzacohetes del ejercito venezolano encontradas en campamentos de las FARC no se podrían difundir en el territorio venezolano.

Pues ahora debo reconocer que cuando leí el texto del proyecto lo hice de manera superficial, o tal vez las propuestas del actual gobierno “Bolivariano” hay que leerlas entre líneas. Por esto repase con mas detalle lo que en el proyecto aparece y encontré varios elementos interesantes… no, preocupantes.

1. “Esta ley tiene por objeto prevenir y sancionar las acciones u omisiones desplegadas a través de los medios de comunicación que puedan ser constitutivas de delitos”. Resalto a través porque esto implica que cualquier persona que exprese su opinión en un medio de comunicación estará en la mira de dicha ley.

2. La definición de delito mediático es aún más preocupante: “las acciones u omisiones que lesionen el derecho a la información oportuna, veras e imparcial, que atentan contra la paz social, la seguridad (…) la salud mental o moral publica, que generen sensación de impunidad o de inseguridad y que sean cometidas a través de un medio de comunicación social”. Esto pasaría desapercibido sino fuera porque son los estamentos del gobierno quienes definen cuando una opinión expresada por un medio de comunicación afecta la salud menta o moral del publico venezolano.

3. Disposiciones similares se ven en los artículos 6, 7 y 10, donde además de lo ya mencionado se elimina la protección de las fuentes de los medios de comunicación.

Finalmente les dejo la visión de un venezolano que busca transmitir su preocupación por la disminución paulatina de los derechos civiles en su país.

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